Decreto del Tribunal Superior Electoral (TSE) en dos recursos legales contra partido contrario
El TSE declara no tener competencia para analizar dos reclamaciones urgentes presentadas por diferentes partes el 18 de septiembre de este año, contra la Comisión Nacional Electoral de la Asociación Dominicana de Profesores y contra los señores Gilberto Almonte, Pedro Bidó Fulcar, Máximo de la Cruz y Wanda Sabino.
El tribunal decide trasladar los expedientes TSE-05-0049-2024 y TSE-05-0050-2024 a la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, al considerarla el órgano competente para tratar dichas reclamaciones.
Esta determinación la tomaron los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Rosa Pérez de García, en base a lo establecido en los artículos 188 de la Constitución; 51 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales y 75 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales. Además, declaran inaplicable el párrafo II del artículo 130 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales y ordenan la remisión de los documentos al tribunal mencionado.
La petición presentada bajo el expediente TSE-05-0049-2024 fue de Eduardo Cuello, mientras que la del TSE-05-0050-2024 provino de varios demandantes. Estas acciones fueron dirigidas contra la Comisión Nacional Electoral de la Asociación Dominicana de Profesores y los señores mencionados anteriormente.
OTRO CASO
El Tribunal Superior Electoral pospone indefinidamente la audiencia del expediente TSE-01-0220-2024, referente a un “Recurso de Impugnación contra la Resolución” emitida por el Comité Distrital del municipio de Carretón, en Baní. Esta decisión se toma con la intención de facilitar un acuerdo entre las partes involucradas.
El pedido de aplazamiento provino de los abogados del Comité del Distrito Municipal del Carretón, del PRM, representado por Santo Gabriel Méndez Alcántara, así como de otros miembros, incluyendo representantes del Comité Municipal y Nacional del PRM.
Los abogados de la parte demandante aceptan la postergación propuesta, esperando una resolución con acuerdo entre ambas partes.
Impacto de las excepciones fiscales en los riesgos comerciales
Las exenciones fiscales pueden tener efectos significativos en los riesgos comerciales de una empresa. Aunque estas medidas pueden brindar ciertos beneficios fiscales, también pueden generar riesgos potenciales que es importante tener en cuenta.
Es fundamental evaluar detenidamente los posibles riesgos asociados con las exenciones fiscales, como la dependencia excesiva de incentivos gubernamentales, la pérdida de ingresos futuros debido a cambios en la legislación fiscal y la exposición a posibles medidas legales si se utilizan de manera incorrecta.
Para mitigar estos riesgos, las empresas deben llevar a cabo un análisis exhaustivo de las implicaciones fiscales de las exenciones, diversificar sus fuentes de ingresos para no depender exclusivamente de los beneficios fiscales y asegurarse de cumplir rigurosamente con las normativas fiscales vigentes.