Pld asegura que concejo municipal ha nombrado nuevo líder en la vega

PLD asevera que concejo municipal ha designado nuevo líder en La Vega

El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) considera como claramente ilegal la elección anunciada del alcalde del municipio de La Vega, realizada por una persona que no forma parte del Concejo Municipal (CM) de dicha localidad, a pesar de que ya se había nombrado legalmente a un sustituto del alcalde renunciante Kelvin Cruz.

Explicó que la sustitución del alcalde que renunció en La Vega fue realizada por el CM el pasado 22 de agosto, al designar a Joel Martínez González, en aquel entonces secretario general de la alcaldía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 64, Párrafo II de la Ley 176-07 sobre el Distrito Nacional y los municipios.

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El PLD insta al Partido Revolucionario Moderno (PRM) y al Gobierno a que sus acciones se ajusten a lo establecido en la Constitución y las leyes, respetando siempre el principio de legalidad que debe primar en cualquier decisión emanada de cualquier órgano u organismo del Estado.

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Según la normativa, “si el vice síndico/a renunciara o no pudiera ejercer las funciones de síndico de manera temporal, dichas funciones serán asumidas por el secretario/a general o un funcionario designado por el concejo municipal”. Durante una conferencia de prensa en la Casa Nacional encabezada por el secretario de Asuntos Jurídicos, José Dantés, el PLD sostiene que es el CM el único ente estatal con la potestad de designar al sustituto del alcalde renunciante, ante la dimisión también de la vicealcaldesa, como previamente sucedió, por lo que Joel Martínez debe seguir ejerciendo las funciones como alcalde de La Vega.

El partido afirmó que el argumento del PRM para nombrar un nuevo alcalde basado en el párrafo I del artículo 64 de la Ley 176-07 es incorrecto y no aplicable. Recordaron que la Constitución de 2010 eliminó la facultad que tenía el Poder Ejecutivo, en el artículo 55, numeral 11, de la Constitución de 1966, de cubrir las vacantes de las sindicaturas.

En este sentido, señalaron que el Párrafo I del artículo 64 de la Ley 176-07, que indica que “si no hay vice síndico/a, el presidente del Concejo Municipal se dirigirá al Presidente de la República para su nombramiento según lo establecido en la Constitución de la República”, ha sido declarado inconstitucional y, por ende, nulo de pleno derecho.

“Ya que contraviene el artículo 128.2 literal a) de la Constitución de 2010 y 2015, que le otorga al presidente de la República la atribución de designar a los funcionarios públicos cuya elección no corresponde a ningún otro órgano del Estado reconocido por la Constitución y las leyes, como en este caso el artículo 64, Párrafo II de la Ley 176-07, concede al Concejo Municipal de La Vega”, agregaron.

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Además de Dantés, en la rueda de prensa estuvieron presentes Bolívar Marte, líder del PLD en La Vega; Reymon Núñez, regidor y portavoz de la organización en ese municipio; Ramón Santos, encargado de Asuntos Municipales de dicha agrupación; Francisco Jorge, entre otros. El PLD advierte que estará vigilante para evitar que el Gobierno y el PRM socaven el sistema institucional y el Estado de derecho en la nación.

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