Diversas posturas sobre el llamado a comicios adicionales en la localidad vega

Distintas posturas ante la convocatoria de elecciones extras en la localidad vega

La dimisión del alcalde y la vicealcaldesa de La Vega ha provocado opiniones encontradas entre actores políticos y sectores de la sociedad. En esta ocasión, el analista político David La Hoz asegura que la mejor solución para la provincia cibaeña sería llevar a cabo unos comicios adicionales, otorgando al pueblo la oportunidad de seleccionar a la nueva autoridad que dirigirá durante el resto del periodo. Sin embargo, el abogado Carlos Eduardo Tavares discrepa con tal planteamiento.

«En caso de que alguien renuncie, traicionando la confianza otorgada por el pueblo, lo correcto desde un punto de vista constitucional, sería la celebración de nuevas elecciones en ese municipio», afirmó La Hoz.

Quizás también te interese:  Jefe del Área de Gestión Presidencial garantiza el compromiso del gobierno con Hermanas Mirabal

En otro orden de ideas, aunque sin mencionar directamente a nadie, el experto político denunció que lo sucedido en La Vega representa un claro ejemplo de lo que él denomina como una «tiranía moderna», la cual consiste en desmantelar las instituciones, modificarlas y colocarlas al servicio de intereses individuales.

Abogado Carlos Eduardo Tavares

Por su parte, Tavares hizo hincapié en que, de acuerdo al numeral I del artículo 64 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, correspondería al presidente del concejo municipal presentar al presidente de la República una propuesta para la designación del nuevo alcalde en esta situación.

«La normativa establece que solo se realizarán elecciones en caso de que exista una anulación por fraude en los comicios en los que resultó elegido un candidato específico. En el caso de Kelvin Cruz en La Vega, su elección fue legítima», expresó el experto en leyes.

Es relevante destacar que la actual Carta Magna no contempla un mecanismo de designación interina de alcaldes en el que participe el presidente de la República. Por el contrario, en su calidad de jefe de Gobierno, el mandatario posee el poder de nombrar funcionarios públicos que ocupen cargos de libre designación o aquellos cuya atribución no corresponda a otra entidad estatal.

Para ampliar información sobre el tema:

Quizás también te interese:  Video: El presidente Abinader confirma que respetará la determinación de Maduro

Finjus plantea la convocatoria de nuevas elecciones en La Vega

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad