En la ciudad de Badajoz, el Tribunal especializado en Violencia de Género número 1 ha emitido una condena de cuatro meses de reclusión para un hombre, tras violar la restricción de acercamiento dictada en contra de su excompañera al inspeccionar su cuenta en la plataforma de contenidos breves, TikTok. Este fallo judicial se ha logrado tras un acuerdo entre ambas partes implicadas.
De acuerdo con información a la que EFE ha tenido acceso, se ha demostrado que el imputado ingresó al perfil de la mujer el 15 de julio, utilizando su cuenta personal, ignorando que la plataforma advierte automáticamente sobre dicho acto a los titulares de los perfiles visitados y a sabiendas de que había ciertas restricciones previamente establecidas hacia su ex pareja, dictaminadas por el mismo Tribunal de Violencia de Género de Badajoz en el veredicto del 2 de mayo de 2024.
Por este motivo, al hombre se le impuso una condena que le prohíbe acercarse a menos de 200 metros de la mujer, ya sea en su residencia, su lugar de trabajo o en cualquier espacio donde ella esté presente, durante dos años. También se le restringió comunicarse con ella por cualquier medio o sistema por el mismo período de tiempo.
El letrado representante de la víctima, Fernando Cumbres, comentó a EFE que este fallo es innovador ya que introduce el ámbito digital dentro de las consideraciones de este tipo de restricciones, interpretando el acto de visualizar un perfil en redes sociales como una “comunicación indirecta”, aún sin haber interacción directa, hecho del cual tuvo conocimiento la afectada.
Como resultado de este acuerdo, además de la sanción penal, el sentenciado deberá costear los gastos procesales derivados del juicio.
Un precedente en la legislación digital
Este pronunciamiento no solo conlleva una condena específica, sino que establece un precedente importante en cómo los actos realizados en plataformas digitales, como las redes sociales, se integran dentro del marco legal de protección contra la violencia de género. Marca un antes y un después en la interpretación de las interacciones digitales dentro de las normativas de acoso y restricción.