Nueva normativa permite cálculo prestaciones laborales a instituciones gubernamentales

Normativa reciente amplía la autonomía en el cálculo de prestaciones laborales en entidades gubernamentales

Una nueva resolución emitida por el Ministerio de Administración Pública (MAP) bajo el número 316-2024 ha establecido la descentralización en el cálculo de beneficios y prestaciones laborales en todas las instituciones públicas, incluyendo las descentralizadas.

La normativa, rubricada por Sigmund Freund, ministro de Administración Pública, determina que a partir del 19 de octubre, los departamentos de recursos humanos de las distintas entidades son responsables de realizar los cálculos laborales y efectuar los pagos correspondientes a sus empleados públicos que hayan finalizado su vínculo laboral, ya sea por motivos diversos como fallecimiento o jubilación.

De acuerdo con el documento, los responsables de áreas administrativas, financieras y de recursos humanos deben garantizar que los cálculos cumplan con la normativa vigente, siguiendo los procedimientos internos para asegurar la exactitud y claridad en los pagos de las prestaciones.

La resolución indica que las entidades estatales deben incluir en sus presupuestos las partidas necesarias para otorgar indemnizaciones contempladas en la ley, así como para cubrir vacaciones en casos de finalización de servicios, siendo responsables de la gestión financiera y del control de gastos, en colaboración con la Contraloría General de la República.

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En ese sentido, se establece que los responsables deben realizar y cargar los datos en el Sistema de Reclamación Laboral (Reclasoft), adjuntando los cálculos debidamente avalados, para su posterior revisión y aprobación por parte de las máximas autoridades de la institución.

Según lo explicado por el MAP, la documentación necesaria para el cálculo de beneficios laborales incluye la identificación personal, la certificación de cargo que detalle las vacaciones no disfrutadas y la comunicación de finalización de servicio, con renuncia o acta de defunción en su caso.

Asimismo, se destaca que el Reclasoft, desarrollado por el MAP, facilita la gestión entre los entes gubernamentales, buscando eficiencia en los pagos a los exservidores públicos.

La descentralización en la aprobación de cálculos laborales permitirá a cada entidad manejar de forma directa y ágil estas gestiones. Al delegar esta responsabilidad, se agilizan los procesos administrativos, se reducen los tiempos de espera y se fortalece la capacidad de respuesta ante desvinculaciones del personal, independientemente de la causa.

Todos los cálculos laborales realizados deberán ser enviados de forma electrónica al MAP para su registro y supervisión. Además, se señala que entidades en proceso de fusión deben validar los cálculos con el MAP antes de proceder con los pagos correspondientes.

Procedimientos para reclamaciones

En caso de discrepancias en los cálculos de prestaciones laborales registrados en el Reclasoft, ya sea por parte de la entidad o del empleado, se establece que es posible presentar reclamaciones ante la institución correspondiente en un plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de los cálculos.

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Las reclamaciones deben ser presentadas por escrito e incluir una descripción detallada de las razones de la discrepancia, adjuntando la documentación necesaria para respaldar la reclamación. La institución realizará una revisión interna en caso de ser pertinente.

En caso de que siga existiendo desacuerdo, se puede acudir al MAP y presentar el caso ante la Comisión de Personal, presidida por el Ministerio. Esta comisión actuará como mediadora en conflictos relacionados con cálculos laborales, analizando la situación y buscando una solución consensuada.

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Para iniciar este proceso, las partes involucradas deben presentar una solicitud de conciliación al MAP, adjuntando copia de la reclamación previa y demás documentos relevantes. El organismo regulador del empleo público revisará el caso y decidirá la vía más adecuada para resolver la discrepancia.

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