Regulación sobre desempleo y falta de acuerdo entre las partes

Regulación sobre desempleo y falta de acuerdo entre las partes

A través del Ministerio de Trabajo, el Poder Ejecutivo presentó ante el Senado de la República un proyecto de ley para modernizar y actualizar el Código de Trabajo. La cesantía laboral se mantiene sin cambios debido a la falta de consenso entre empleadores y trabajadores, y se incluyen disposiciones sobre teletrabajo, trabajo doméstico, entre otros aspectos.

En la nueva normativa, las trabajadoras del hogar no tendrán derecho a cesantía, según lo establecido.

Quizás también te interese:  Inspecciones de DGJP a personas mayores con pensión

El ministro de Trabajo, Luis Miguel De Camps, resaltó que luego de más de 100 sesiones de trabajo, la República Dominicana contará con una ley moderna que fortalecerá los derechos tanto de trabajadores como de empleadores. Esta ley permitirá incrementar la generación de empleo, así como la productividad y competitividad en el país.

Además, se destaca la designación de una comisión especial en el Senado para estudiar el proyecto de ley de reforma laboral.

De Camps entregó el documento al presidente del Senado, Ricardo de los Santos, subrayando que esta legislación es fruto del consenso entre ambas partes. Ahora es responsabilidad del Congreso convertir en realidad lo acordado y actualizar esta ley, la cual tiene más de tres décadas de vigencia.

Aspectos relacionados con la suspensión del contrato de trabajo

La suspensión del contrato de trabajo solo puede ocurrir si existe un acuerdo mutuo entre las partes. También se contemplan casos específicos como la licencia por maternidad, situaciones legales que impidan al trabajador prestar sus servicios temporalmente, entre otras causales.

Disposiciones sobre interrupción temporal de las faenas

Quizás también te interese:  Mejora en comprensión de excepciones fiscales

Se establecen diversos motivos que pueden llevar a la interrupción temporal de las labores, como el caso fortuito, enfermedad del trabajador, accidente laboral, falta de materia prima no imputable al empleador, entre otros.

Consideraciones sobre jornada laboral y descansos

El artículo 157 señala que la jornada laboral debe incluir periodos de descanso que sumen al menos una hora, con descansos mínimos de media hora y quince minutos respectivamente. Además, se limita el número de horas extraordinarias a ciento veinte horas trimestrales en caso de aumento excepcional de la carga laboral.

Quizás también te interese:  Funcionarios en distintas funciones dentro de la administración gubernamental

Regulación de la licencia de maternidad y condiciones para trabajadoras del hogar

La licencia de maternidad se establece en un mínimo de catorce semanas, garantizando la conservación del empleo y derechos laborales para la trabajadora. Respecto a las trabajadoras del hogar, se indica que su retribución puede incluir alojamiento y alimentos, sin que estos beneficios se consideren parte del salario para cálculos laborales.

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad