Fecha límite para completar declaración jurada de funcionarios: ¿se tomarán medidas con quienes no cumplan?
El plazo establecido por el presidente Luis Abinader para que los funcionarios públicos presenten su declaración jurada de bienes, otorgado anteriormente, vence hoy.
Este plazo adicional se concede como una oportunidad final para el cumplimiento de esta obligación legal, según lo dispuesto en la Ley 311-14. De lo contrario, se contempla inicialmente la suspensión y posteriormente, la cancelación.
En una entrevista realizada durante LA Semanal con la Prensa desde Nueva York, Abinader advirtió sobre las consecuencias de no cumplir con este requisito: “Les damos un plazo de 15 días a quienes no hayan hecho su declaración. Si no lo hacen, serán suspendidos, y si 15 días después no la presentan, serán cancelados”.
Además, se señaló que no todos los funcionarios están obligados a presentar la declaración de bienes, ya que aquellos que continúan en sus cargos y ya la hicieron anteriormente no necesitan repetirla.
“La obligación se aplica a funcionarios electos, como es el caso de nosotros y la vicepresidenta”, afirmó el mandatario.
Para más información sobre el proceso de declaración patrimonial, puedes consultar el artículo 5 de la Ley 311-14, que establece que “los funcionarios públicos obligados a declarar deben presentar su declaración de bienes dentro de los treinta (30) días posteriores a asumir el cargo”.
Este procedimiento implica activar un registro en la plataforma digital de la Cámara de Cuentas, donde cada funcionario deberá completar el formulario y adjuntar los documentos requeridos. Posteriormente, una vez validada por los analistas, la declaración debe ser presentada de forma física.
Es importante recordar que algunos miembros del congreso han manifestado dificultades para completar este proceso debido a la extensa cantidad de información solicitada.