Modificaciones en legislaciones sobre armas y tráfico ilícito
La aprobación en primera lectura por parte de la Cámara de Diputados de la República Dominicana (CD) incluye cambios en el artículo 21 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados. La renovación de las licencias ahora será por un periodo de dos años en lugar de uno.
Además, se ha aprobado una modificación en la Ley 137-03, del 7 de agosto de 2003, que incorpora duras sanciones en materia de Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas. Esta ley crea el artículo 3.1 y ajusta el artículo 3 existente.
Para las licencias emitidas según esta nueva normativa, se requerirá a los titulares tramitar la renovación de manera presencial durante los tres meses previos a su vencimiento. Estas licencias serán de carácter individual y no transferible, con una duración de dos años. En caso de extravío o deterioro del documento, se podrá solicitar una copia con validez por el mismo período que la original, desde el momento en que se realiza la solicitud.
El tráfico y la trata de personas constituyen una problemática grave que requiere atención inmediata y efectiva por parte de las autoridades competentes.
La trata de personas se define como la captación, transporte, traslado, acogida o recepción de individuos mediante métodos que incluyen amenazas, fuerza, coacción, rapto, engaño, abuso de poder y situaciones de vulnerabilidad.
Las modificaciones en cuanto a la regulación de armas y la lucha contra el tráfico ilícito de personas son fundamentales para garantizar la seguridad y el respeto de los derechos humanos en la sociedad.