Penalización severa para delitos de trata
En caso de cometerse delitos de trata en perjuicio de menores de edad o personas en condición de vulnerabilidad, las penas serán de 20 a 30 años de prisión y multas equivalentes a trescientos salarios mínimos del sector público.
Además, se establece que el consentimiento de la víctima no eximirá de responsabilidad penal en casos de explotación.
Aprobación urgente por el Senado
El Senado aprobó en dos lecturas consecutivas la modificación de la ley no.137-03 sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, destacando la importancia de estas medidas en la lucha contra estos delitos.
Además, se resaltó la necesidad de agilizar el proceso legislativo en vista de la gravedad de estos crímenes.
Impacto de las reformas en la normativa
Los cambios en la normativa contemplan una ampliación de las infracciones graves en casos de trata de personas, abarcando diversos medios de perpetración como el engaño, la coacción y el abuso de poder.
Asimismo, se enfoca en la protección de grupos vulnerables como niños, personas con discapacidad, donde los casos de trata no requerirán elementos específicos para ser considerados.
Responsabilidad legal y reformas adicionales
Las penas por trata de personas se verán modificadas con la inclusión del artículo 3.1, imponiendo condenas de 10 a 20 años de prisión y multas proporcionales a los salarios mínimos del sector público.
Otras reformas adicionales fueron también aprobadas por el Senado, como la declaración de Puerto Plata como provincia Ecoturística y modificaciones al Código Procesal Penal.