Profesionales legales impugnan resolución de reforma ante tribunal constitucional

Profesionales legales impugnan resolución de reforma ante tribunal constitucional

Un grupo de abogados ha presentado una acción directa ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la Ley 61-24, que propone reformar la Constitución, argumentando que no respeta disposiciones esenciales de la Carta Magna al no incluir el referendo aprobatorio necesario para ciertos cambios fundamentales.

Además, los juristas liderados por Ramón Hernández y Máximo Ynoa, en nombre de Luis Ventura Sánchez, señalan que aspectos como la autonomía del Ministerio Público, la composición del Consejo Nacional de la Magistratura y la unificación de las elecciones son asuntos que requieren reformas y que, de acuerdo con el artículo 272 de la Constitución, deben ser sometidos a referendo debido a su impacto en el sistema constitucional.

En su recurso legal, los abogados argumentan que la ausencia del referendo en la Ley 61-24 viola los artículos 6, 73, 267 y 272 de la Constitución.

**Párrafo adicional:** Los profesionales del derecho buscan garantizar que cualquier modificación a la Constitución se realice respetando los procesos estipulados en la Carta Magna para fortalecer el estado de derecho en el país.

Seguir los procedimientos

De acuerdo con los demandantes, el artículo 267 destaca la importancia de que cualquier cambio constitucional siga los procedimientos establecidos en la propia Constitución. Asimismo, el artículo 72 especifica que las modificaciones en temas cruciales como los derechos fundamentales o el régimen electoral deben contar con la aprobación popular a través de un referendo.

**Párrafo adicional:** La inclusión de procedimientos de validación popular en modificaciones constitucionales es fundamental para garantizar la legitimidad de los cambios propuestos y fortalecer la participación ciudadana en temas fundamentales para la sociedad.

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Los abogados también hacen mención al artículo 73 constitucional, el cual establece que cualquier acto contrario al orden constitucional emanado de las autoridades públicas es nulo de pleno derecho. Consideran que al omitir el referendo, la mencionada legislación perturba el proceso constitucional y debe ser declarada inconstitucional.

**Párrafo adicional:** El respeto por los mecanismos constitucionales es esencial para preservar la integridad y la legitimidad del sistema legal de un país, consolidando así el estado de derecho y la gobernabilidad democrática.

Por último, los demandantes solicitan al TC que suspenda la implementación de la Ley 61-24 y las deliberaciones de la Asamblea Nacional Revisora, tal como lo establece el artículo 272, que indica que en casos de referendo aprobatorio, este debe convocarse después de la aprobación de la reforma constitucional.

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**Párrafo adicional:** La intervención del Tribunal Constitucional en este caso es fundamental para asegurar la legalidad y la constitucionalidad de las reformas propuestas, salvaguardando así la estabilidad institucional y el respeto por el orden jurídico del país.

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